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Corte de Apelaciones de Talca ordena a AFP entregar a cotizante el total de sus fondos previsionales

  • Miércoles 11 de marzo de 2020
  • 17:45 hrs

El fallo estableció el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida, al negar la restitución integra de los fondos.

La Corte de Apelaciones de Talca acogió este miércoles 11 de marzo un recurso de protección presentado en contra de AFP Provida S.A. y le ordenó restituir al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales, en el plazo máximo de 30 días.

El recurrente funda su presentación alegando que en 2017 se jubiló recibiendo una pensión mensual de $ 164.000.- continuó trabajando, debido al monto tan bajo que recibe de pensión, y en ese contexto sufrió un accidente laboral, que lo hizo perder uno de sus ojos, lo que le provocó consecuencias físicas y psicológicas. 

El fallo estableció el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida, al negar la restitución integra de los fondos, infringiendo el derecho de propiedad, garantizado por la Constitución.

"Que por otra parte, frente a la existencia de dos derechos que parecen contradecirse -seguridad social y propiedad-, debe tenerse en consideración que el primero aparece como un derecho futuro y eventual -requiere que la persona esté viva-, que además es financiada por el propio cotizante. En tanto el segundo, se trata de un ejercicio inmediato y que guarda relación directa con su calidad y condiciones de vida del recurrente, la libertad en las capacidades de ejercicio y de goce de sus derechos, entre ellos, el de propiedad, sin que pueda obligarse a un control, sea del Estado o de alguna entidad privada, como la recurrida, para el cumplimiento de las obligaciones del Estado. La seguridad social es por definición un derecho, más no una obligación para las personas", sostiene el fallo.

El fallo concluye: "Que SE ACOGE el recurso de protección interpuesto por don J. E. G. U. en contra ‘AFP Provida S.A.', disponiéndose que está ultima, restituya al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales, en el plazo máximo de treinta días".