Ex subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, valora el comienzo de la fiscalización a la Ley de Inclusión Laboral
- Lunes 8 de enero de 2024
- 18:12 hrs
La nueva normativa refuerza la inspección de la contratación de un 1% de personas con discapacidad en las empresas de más de 100 trabajadores. A quienes incumplan el reglamento, se les aplicarán multas de hasta 60 UTM, y se podrían duplicar si la infracción se repite.
Desde la Subsecretaría del Trabajo en los dos gobiernos del expresidente Sebastián Piñera, el abogado Fernando Arab impulsó la Ley de Inclusión Laboral, que exige a las empresas contratar a al menos 1% de personas con discapacidad, entre otras medidas para fomentar la oferta de empleos de calidad para este segmento.
La ley 21.015 se promulgó en 2018, pero fue necesario introducir importantes modificaciones para reforzar su cumplimiento. El exsubsecretario Arab detalla que entre los cambios que impulsa el Decreto 36 está la modificación del cálculo que hacen las empresas del número de trabajadores para efectos de cumplir la cuota. También se obliga a las empresas a contratar a una persona con discapacidad durante los 12 meses del año y se da más preponderancia a la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), donde se publicarán ofertas especiales para personas con discapacidad. El Decreto en cuestión crea un mecanismo de fiscalización a las empresas para asegurar su cumplimiento.
¿Qué herramientas tendrá la autoridad competente en términos de fiscalización de esta normativa?
La autoridad puede aplicar multas a aquellos empleadores que no cumplan debidamente con la ley, multas que pueden llegar a las 40 UTM en el caso de las pymes y hasta 60 UTM en el caso de las grandes empresas. En caso de reiteración de la infracción, estas multas pueden incluso duplicarse.
¿Qué medidas faltan aún para motivar la inclusión de personas con discapacidad en los espacios de trabajo?
En primer lugar, es necesario que haya mayor capacitación en los lugares de trabajo a los propios colaboradores, que todos quienes se desempeñan al interior de una organización conozcan y sepan de inclusión, que ayuden a fomentar y promoverla. Así mismo, es imperativo que se acompañe y haga seguimiento a la carrera y trayectoria de las personas con discapacidad que trabajan en su interior. Estas medidas ayudan a disminuir y eventualmente eliminar las barreras de entrada y los obstáculos en su desarrollo profesional, fomentan una mejor y real integración, en igualdad de condiciones que los demás trabajadores.
La Dirección del Trabajo informó que el Decreto 36 entró en vigencia el 20 de diciembre de 2023, por lo que las normas son aplicables a partir de la comunicación electrónica que las empresas obligadas deben enviar a la Dirección del Trabajo en el mes de enero del año 2024.